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Versión completa: Tengo una duda laboral...
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Hola, de nuevo recurro a vosotr@s para ver si me podeis ayudar.
Es muy probable que tenga plaza del Sacyl de Enfermera ya que pase la fase de oposición y con el tiempo trabajado que tengo me da para obtener plaza, no se cuando se resolvera pero seguro que despues de mayo.
El problema se me plantea si tengo la suerte de obtener plaza en el eir, y comienzo la residencia. Alguien sabe si se puede tomar posesión de la plaza de enfermera y no incorporarse al solicitar una excedencia por formación? O te tienes que incorporar y perder la residencia? O no incorporarte y perder la plaza?
si alguien sabe algo le agradecería su ayuda.
Muchas gracias.
Yo he preguntado y me han dicho que no habria problema, que solo tendria que solicitar una situacion especial por formacion y no habria que incorporarse al tomar posesion de la plaza
Sin duda puedes hacerlo. Tomas plaza y después una excedencia especial por formación. Eso sí, cuando acabe la formación te obligarán a incorporarte como enfermera, y luego ya verás qué haces, si te ofrecen trabajar directamente de matrona hasta que puedas presebtarte al concurso de trslados.
No importa las trabas que te pongan al inicio, es un derecho que tienes!!!
yo tengo compañeros de residencia en esa situación, aunque ellos ya habían empezado la residencia, pero da igual, tienes derecho está contemplado como ya te han dicho como una excedencia especial por formación.
en mi caso entre que no tenía consolidada la plaza y que no llevaba un año trabajando tuve que renunciar.
no vas a tener problema.
Muchas gracias por vuestras respuestas. La verdad es que por ahora lo que me interesa es hacer la especialidad, si en ese tiempo salen las plazas del Sacyl pues no me gustaria perderla. en cuanto a lo que hacer despues de acabar....pues tendre 2 años para pensarlo, a ver como estan las cosas al acabar la residencia...quien sabe... De momento con que llegue el 25 ya me conformo...
Muchas gracias.
enf 81 escribió:yo tengo compañeros de residencia en esa situación, aunque ellos ya habían empezado la residencia, pero da igual, tienes derecho está contemplado como ya te han dicho como una excedencia especial por formación.
en mi caso entre que no tenía consolidada la plaza y que no llevaba un año trabajando tuve que renunciar.
no vas a tener problema.

No te he entendido bien, ¿a qué tuviste que renunciar? ¿a una plaza fija? ¿por qué te pedían un año?¿Puedes explicarlo un poco más? Gracias.
yo no tenía plaza en propiedad, aprové una oposición pero nos hicieron un contrato por obra y servicio y en estas fechas mis compañeros están haciendo el examen de consolidación, era un organismo de nueva de creación (consorcio gallego de igualdad y bienestar) y fuimos los primeros que lo aprovamos,me hubiesen dado un excedencia si llevase un año( como una interidad). Si tienes plaza en propiedad no hay problema.
Hola!!!

No hay que renunciar a ninguna de las 2 cosas. Te pongo lo que dice en el estatuto marco:

Artículo 64. Servicios especiales.

El personal estatutario será declarado en situación de servicios especiales en los supuestos establecidos con carácter general para los funcionarios públicos, así como cuando acceda a plaza de formación sanitaria especializada mediante residencia o a puesto directivo de las Organizaciones Internacionales, de las Administraciones Públicas, de los servicios de salud o de instituciones o centros sanitarios del Sistema Nacional de Salud.
Quien se encuentre en la situación de servicios especiales prevista en este apartado tendrá derecho al cómputo de tiempo a efectos de antigüedad y carrera, en su caso, al percibo de trienios y a la reserva de la plaza de origen.

Esto es sólo para personal estatutario (el sacyl lo es). Así que puedes empezar perfectamente la residencia y cuando vayas a firmar tu plaza fija justificar que estás haciendo la formación, incorporándote cuando termines.

Otra cosa es en contratos eventuales, porque te suelen obligar a renunciar.Wink
Hola, necesito que alguien me saque de una gran duda que tengo. Despues de leer el post de enf 81, entiendo que con un contrato por obra y servicio en la administración publica si tienes una antigüedad de un año tienes derecho a pedir una excedencia, es así? Es que yo trabajo para un ayuntamiento con contrato por obra y servicio y llevo casi 5 años, no se si tengo derecho a pedir un año de excedencia para hacer la residencia de sm
Yo soy uno de los residentes que tengo una plaza en propiedad, no te preocupes porque no tienes ningun problema, yo empece la residencia en el mes de mayo y en el mes de octubre firme la toma de posesion de la plaza en propiedad, en el momento de firmar presentas el contrato de residencia y solicitas una excedencia por servicios especiales.Es la mejor de las excedencias porque entre otras cosas te cuenta todo el tiempo de residencia para la carrera profesional y a efecto de trienios.
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