Tiene truco...
Con carácter general, la atención primaria comprenderá:
a) La asistencia sanitaria en las consultas, servicios y centros de salud.
b)
La asistencia sanitaria en el domicilio del enfermo. (resp 1)
c)
La indicación o prescripción, y la realización en su caso por el médico de atención primaria, de las pruebas y medios diagnósticos básicos. (resp 4)
d) Las actividades, programadas por los servicios de salud, en materia de educación sanitaria, vacunaciones, exámenes de salud y otras actividades o medidas programadas para la prevención de las enfermedades, la promoción de la salud o la rehabilitación.
e)
La administración de tratamientos parenterales y curas y cirugía menor. (resp 2 y 3)
f
) Las demás atenciones, prestaciones y servicios que se señalan o concretan a continuación:
Y es dentro de este subapartado f) donde están incluidas las
Vacunaciones según calendario oficial, mirad: Esto serían los "subapartados" de f) (además pone: ADEMÁS DE LO YA INDICADO CON CARÁCTER GENERAL...)
1º. Atención a la mujer: Además de lo ya indicado con carácter general, la atención primaria a la mujer comprenderá:
a) La atención precoz y el seguimiento sanitario del embarazo.
b) La preparación para el parto.
c) La visita durante el primer mes del postparto.
d) La detección de grupos de riesgo y el diagnóstico precoz del cáncer ginecológico y de mama, conforme a los programas establecidos por los servicios de salud.
e) El tratamiento de las complicaciones patológicas de la menopausia, conforme a los programas de los servicios de salud.
2º. Atención a la infancia: Además de lo ya indicado con carácter general, la atención primaria a los menores, hasta los catorce años de edad cumplidos, comprenderá:
a) La información y educación sanitarias a los interesados y a sus padres, tutores, maestros, profesores o cuidadores.
b)
Las vacunaciones según el calendario oficial del servicio de salud.
c) Las revisiones del niño sano, según los programas establecidos por los servicios de salud.
3º. Atención al adulto y anciano: Además de lo ya indicado con carácter general, la atención primaria a los mayores de catorce años comprenderá:
a) Las vacunaciones recomendadas en los programas de los servicios de salud.
b) La detección de factores de riesgo, cuando existan medidas de eficacia comprobada para eliminarlos o reducirlos.
c) La educación, la atención y asistencias sanitarias a enfermos con procesos crónicos.
d) La atención a los problemas específicos de salud, durante la tercera edad, conforme a lo previsto en el artículo 50 de la Constitución.
e) La atención domiciliaria a pacientes inmovilizados y terminales.
4º.
Atención de urgencia: La atención primaria de urgencia, a las personas de cualquier edad, se prestará de forma continuada, durante las veinticuatro horas del día, mediante la atención médica y de enfermería, en régimen ambulatorio o en el domicilio del paciente, en los casos en que la situación de éste así lo requiera.
: La atención primaria a la salud buco-dental comprenderá:
a) La información y educación en materia de higiene y salud buco-dental.
b) Las medidas preventivas y asistenciales: aplicación de flúor tópico, obturaciones, sellados de fisuras u otras, para población infantil, de acuerdo con la financiación y los programas especiales para la salud buco-dental de cada año.
c) Tratamiento de procesos agudos odontológicos, incluida la extracción de piezas dentarias.
d) La exploración preventiva de la cavidad oral a mujeres embarazadas.
6º. Otros servicios, atenciones y prestaciones de atención primaria:
a) La aplicación y reposición de sondajes vesicales y nasogástricos.
b) La remisión o derivación de los pacientes a la asistencia especializada, por indicación del médico de atención primaria, conforme se indica en el apartado 3, 2º, a).
c) Los tratamientos de rehabilitación básicos, previa indicación médica, conforme a los programas establecidos por los servicios de salud.
d) La indicación y seguimiento de los distintos métodos anticonceptivos.
Es una pregunta un poco rep*** y perdon por la expresión...