Poner en este post todas las dudas y preguntas referentes a esta asignatura, indicando el mensaje donde aparece
no habrais mas post con la misma tematica y poner solo lo relacionado con la asignatura, sino al final no encontraremos nada
Compis; tengo una duda respecto al capitulo I de la Ley de prevención de riesgos laborales; en cto pone ésto;
• Es de aplicación tanto en el ámbito de las relaciones laborales como
en las de carácter administrativo o estatutario del personal civil de las
Administraciones Públicas, excepto:
- Policía, seguridad y resguardo aduanero.
- Servicios operativos de protección civil y peritaje forense, en los
casos de grave riesgo, catástrofe y calamidad pública.
Deja fuera de su ámbito de aplicación a los trabajadores por cuenta
propia (autónomos).
En ifses: pone cooperativas y autonomos sí.
No lo entiendo...
me he dado cuenta al realizar una de las preguntas que hacíamos nosotr@s porque he contestado que los autonomos no se contemplaban según CTO pero Ifses dice que sí.
¿Qué teneís vosotras??? sí O No...
A lo mejor es que lo estoy entendiendo mal...
Gracias de antemano!!!
Miner yo tengo entendido que si eres trabajador por cuenta ajena y tienes trabajadores a tu cargo si te afecta.
Además he encontrado que si no tienes trabajadores y no compartes centro con ninguna otra empresa ni realizas trabajos como subcontrata de otras empresas no se aplica la LPRL.