Tema cerrado 
 
Calificación:
  • 1 votos - 5 Media
  • 1
  • 2
  • 3
  • 4
  • 5
DUDAS ÉTICA Y LEGISLACIÓN.
19-05-2011, 10:09 AM (Este mensaje fue modificado por última vez en: 19-05-2011 10:10 AM por sinka.)
Mensaje: #21
RE: DUDAS ÉTICA Y LEGISLACIÓN.
Yo creo que el codigo penal no regula la eutanasia, porque la considera un delito. Por lo tanto, no limita en que situaciones una persona debe estar para pedirla. Simplemente no lo contempla. Por lo tanto yo contestaría también la 5.
No sé si me explicado..

He encontrado esto:

El art. 143 del Código penal castiga diversas formas de colaboración en la decisión de morir de una persona que sufre una enfermedad terminal o causante de penosos padecimientos permanentes. Así, sanciona con prisión entre el año y medio y los 6 años la conducta de quien llega a ejecutar materialmente la muerte del solicitante, y con pena de prisión de 6 meses a 2 años a quien, sin ejecutarla, coopera a dicha muerte “con actos necesarios”. La colaboración con actos de entidad menor (“no necesarios”) es impune.

Sólo es punible la eutanasia activa y directa. La eutanasia indirecta u ortotanasia no es delictiva: consiste en una conducta que acorta la vida del paciente, pero que lo hace como efecto colateral, pues su finalidad principal es paliativa o terapéutica. Un ejemplo claro son las sedaciones en las fases terminales de enfermedades muy dolorosas.
Encuentra todos sus mensajes
19-05-2011, 10:15 AM
Mensaje: #22
RE: DUDAS ÉTICA Y LEGISLACIÓN.
aINSS piqué en la pregunta!!!!
Realmente para q haya eutanasia pasiva debe haber una enfermedad q te conduzca a la muerte, pero esa no era la pregunta!
Puesto q en la eutanasia no haces nada para provocarle la muerte no es delito y por tanto el codigo penal no lo contempla.
Gracias! Me has abierto los ojos!
Encuentra todos sus mensajes
19-05-2011, 10:44 AM
Mensaje: #23
RE: DUDAS ÉTICA Y LEGISLACIÓN.
LA eutanasia pasiva es cuando el paciente es asistido con medios que proongan artificialmente la vida, discutiendose hasta cuando ha de mantenerse el tratamiento y en que momento debe interrumpirse.
Una persona consciente puede determinar que tipo de auxilio medico o asistencia desea y si el enfermo no puede decidir es la lex artis,la que en último termino propone la solución.

Definicion de lex artis: Conjunto de prácticas médicas aceptadas generalmente como adecuadas para tratar a los enfermos en el momento presente. Por definición, es cambiante con el progreso técnico de la Medicina (ver Comités médicos, mala práctica), así como con las peculiaridades personales de cada paciente (ver Salud).

yo tambien pondria la 5, porque el código penal no la regula.
anterior
Encuentra todos sus mensajes
19-05-2011, 05:39 PM
Mensaje: #24
RE: DUDAS ÉTICA Y LEGISLACIÓN.
Seguro???
En la pagina anterior han puesto como ejemplo desconectar a alguien del respirador como eutanasia directa y activa. En la pag 2 si no me equivoco.
Encuentra todos sus mensajes
19-05-2011, 08:09 PM
Mensaje: #25
RE: DUDAS ÉTICA Y LEGISLACIÓN.
Una cosita respecto al consentimiento informado. Por norma general es verbal, será por escrito en circunstancias concretas, intervenciones quirúrgicas, procedimientos terapeuticos invasivos, o q puedan entrañar algun riesgo para la salud del enfermo...
Entonces, para una via periferica, sondaje vesical... se debería dar el consentimiento informado por escrito?? Pq de ser así, mal vamos!
Encuentra todos sus mensajes
19-05-2011, 08:39 PM (Este mensaje fue modificado por última vez en: 19-05-2011 08:57 PM por usuaria010.)
Mensaje: #26
RE: DUDAS ÉTICA Y LEGISLACIÓN.
(19-05-2011 05:39 PM)COUPE3669 escribió:  Seguro???
En la pagina anterior han puesto como ejemplo desconectar a alguien del respirador como eutanasia directa y activa. En la pag 2 si no me equivoco.

Aiss no se
yo me estoy liando
na ver si aparece alguien que este enterado del tema y nos lo puede aclarar

http://www.condignidad.org/definiciones.html



......parece preferible evitar hablar de eutanasia activa y eutanasia pasiva, porque este último término es equívoco y produce confusión. “La eutanasia, entendida como conducta intencionalmente dirigida a terminar con la vida de una persona enferma, por un motivo compasivo, puede producirse tanto mediante una acción como por una omisión.

La distinción activa/pasiva, en sentido estricto, no tiene relevancia desde el análisis ético, siempre que se mantenga constante la intención y el resultado. Tan eutanasia es inyectar un fármaco letal como omitir una medida terapéutica que estuviera correctamente indicada, cuando la intención y el resultado es terminar con la vida del enfermo.

Hablar de “eutanasia pasiva” es ambiguo y confuso porque supone clasificar conjuntamente dos situaciones de diferente naturaleza. Por un lado tenemos lo que se puede denominar como “permitir la muerte” (evitar el encarnizamiento médico, respetar el derecho a rechazar tratamientos); y por otro lado tenemos la eutanasia por omisión. Se pueden suscitar dudas a la hora de diferenciar el concepto “permitir la muerte” frente al de “eutanasia por omisión”, pero es posible establecer un criterio claro. La clave reside en la intención que preside la conducta médica.

Ante un paciente en situación terminal lo que se hace o se deja de hacer con la intención de prestarle el mejor cuidado, permitiendo la llegada de la muerte, no sólo es moralmente aceptable sino que muchas veces llega a ser obligatorio desde la ética de las profesiones sanitarias (...). Por el contrario, cuando algo se hace o se deja de hacer con la intención directa de producir o acelerar la muerte del paciente, entonces corresponde aplicar el calificativo de eutanasia” (Declaración de la SECPAL sobre la eutanasia, de enero de 2002). Algunos casos serán relativamente sencillos de calificar p. ej., sedar y no alimentar ni hidratar a un enfermo con un pronóstico de vida de meses, sería claramente una eutanasia por omisión. Otras situaciones pueden plantear más dudas, pero siempre tendremos una orientación clara con lo que acabamos de exponer.

CONDUCTAS QUE SE CONFUNDEN CON LA EUTANASIA Y QUE NO LO SON:

- Retirada o no iniciación de tratamientos inútiles y desproporcionados para la situación concreta de un enfermo: “la persona con una enfermedad grave, probablemente irreversible o de muy difícil curación, puede optar por los tratamientos que en su medio se consideren proporcionados, pudiendo rechazar responsablemente medios excepcionales, desproporcionados o alternativas terapéuticas con probabilidades de éxito dudosas” (Documento de la SECPAL sobre la eutanasia). Esto habrá que hacerlo cuidando muy bien el espíritu del consentimiento informado, en el que el paciente se reserva el "derecho de veto" para los tratamientos no deseados y el médico también mantiene el "derecho de veto" para aquellos tratamientos que profesionalmente sean considerados inútiles o dañinos. Llega un momento en que el paciente y el médico reconocen que la enfermedad ya es incurable y aceptan su curso natural, sin empeñarse en alargar la vida a toda costa y con medios desproporcionados; es una actuación perfectamente ética y profesional, y que no puede considerarse como eutanasia. Es lo que hoy se califica como “limitación del esfuerzo terapéutico”. Desde luego, siempre será importante examinar con sinceridad nuestra intención: preguntarnos si lo que buscamos es “permitir morir” (respetando el curso natural de la enfermedad y procurando la mejor calidad de vida posible para el paciente), o provocar o adelantar la muerte.

- Tratamientos analgésicos que podrían acortar secundariamente la vida: “el objetivo prioritario de los cuidados paliativos es el alivio de los síntomas que provocan sufrimiento y deterioran la calidad de vida del enfermo en situación terminal. Con este fin se pueden emplear analgésicos o sedantes en la dosis necesaria para alcanzar los objetivos terapéuticos, aunque se pudiera ocasionar indirectamente un adelanto del fallecimiento. El manejo de tratamientos paliativos que puedan acortar la vida está contemplado en el ámbito de la ciencia moral y se considera aceptable de acuerdo con el llamado “principio de doble efecto”. (Declaración de la SECPAL sobre la eutanasia, de enero de 2002). El objetivo no es provocar la muerte sino aliviar el sufrimiento. Es una actuación perfectamente ética y profesional, y distinta de la eutanasia, si se utilizan las dosis adecuadas y la intención no es provocar la muerte.

- Sedación paliativa: es “la administración deliberada de fármacos para lograr el alivio, inalcanzable con otras medidas, de un sufrimiento físico y/o psicológico, mediante la disminución suficientemente profunda y previsiblemente irreversible de la consciencia en un paciente cuya muerte se prevé muy próxima y con su consentimiento explícito, implícito o delegado” (Documento del Comité de ética de la SECPAL sobre “Aspectos éticos de la sedación en Cuidados Paliativos”, de enero de 2002). Así planteada, contando con el consentimiento del paciente y utilizando las dosis mínimas eficaces, tampoco presenta inconvenientes desde el punto de vista ético. Las diferencias entre la sedación y la eutanasia son claras: en la sedación, la intención es aliviar el sufrimiento del paciente, el procedimiento es la administración de un fármaco sedante y el resultado el alivio de ese sufrimiento; en cambio, en la eutanasia la intención es provocar la muerte del paciente, el procedimiento es la administración de un fármaco letal y el resultado la muerte. Lógicamente, la sedación será un último recurso reservado para el control de aquellos síntomas que no sea posible conseguir por otros medios que no impliquen la pérdida de conciencia.


Os dejo el enlace de la Declaración sobre la eutanasia de la Sociedad Española de Cuidados Paliativos (SECPAL) por si lo quereis consultar

http://www.asociacionbioetica.com/docume...SECPAL.pdf
Encuentra todos sus mensajes
20-05-2011, 10:56 AM
Mensaje: #27
RE: DUDAS ÉTICA Y LEGISLACIÓN.
Holaa! yo tengo una duda, sobre el transplante de organos en el Islam, q con lo q pone en CTO no me aclaro si se puede o no ;S! (página , CTO 4ta edición).
Encuentra todos sus mensajes
20-05-2011, 11:51 AM
Mensaje: #28
RE: DUDAS ÉTICA Y LEGISLACIÓN.
Hola aurita...buscando he encontrado algunas cosillas...Haber, sobre lo que dice CTO del islam hay una pregunta del EIR 98-99 que ya se queda antigua, porque el islam SI permite ya la donación de órganos...te dejo el enlace de un artículo publicado en abril de este año donde lo explica:
http://www.webislam.com/?idt=19237

Al final de este artículo pone que "ninguna religión prohibe expresamente la donación" y la verdad que buscando (no sabia que había tantas religiones!!!!) no he encontrado ninguna que la prohiba expresamente, tan solo este pequeño matiz sobre Los Testigos de Jehová: creen que es asunto individual de conciencia, según la Sociedad de Atalaya, la sociedad legal de la religión. Aunque a menudo se asume que la prohibición de los trasplantes es debido a su tabú en contra de las transfusiones de sangre, ésta no se opone a la donación o recepción de órganos. Sin embargo, la sangre de los órganos y tejidos deberá drenarse completamente antes de hacer el trasplante.

puff...y después del rollo...espero haberte ayudado!!!
Encuentra todos sus mensajes
20-05-2011, 12:48 PM
Mensaje: #29
RE: DUDAS ÉTICA Y LEGISLACIÓN.
madre mia vaya jaleo con la legislación puf!
lo del consentimiento informado tendriamos que pedirlo para todo..la verdad que muchas veces nos cubririamos las espaldas, tipo lavados de oidos, suturas.. etc.. ( que se que en comunidades ya se hacen.. pero en la nuestra no..)
Encuentra todos sus mensajes
20-05-2011, 01:46 PM
Mensaje: #30
RE: DUDAS ÉTICA Y LEGISLACIÓN.
Respecto al trasplante/ Islam: No se niega al trasplante pero una vez muerto sólo lo puede tocar la familia asi q... O el familiar es cirujano o no se puede trasplantar,no?
Encuentra todos sus mensajes
Tema cerrado 


Salto de foro:


Usuario(s) navegando en este tema:
2 invitado(s)

Volver arribaVolver al contenido