¿Merece la pena?
24-09-2009, 04:07 PM
Mensaje: #10
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RE: ¿Merece la pena?
Te guardan la plaza mientres estés haciendo la residencia y no deberían cambiarte de sitio. Viene en el Estatuto Marco y muy clarito (debes ser estatutaria). Es una situación del personal estatutario, como la de activo o comisión de servicio (artículo 62), y se detalla en el 64. Mi consejo es que cuando vayas a pedirlo lleves la ley en mano porque si no han tenido algún caso reciente no sabrán de qué les hablas.
Artículo 64. Servicios especiales. El personal estatutario será declarado en situación de servicios especiales en los supuestos establecidos con carácter general para los funcionarios públicos, así como cuando acceda a plaza de formación sanitaria especializada mediante residencia o a puesto directivo de las Organizaciones Internacionales, de las Administraciones Públicas, de los servicios de salud o de instituciones o centros sanitarios del Sistema Nacional de Salud. Quien se encuentre en la situación de servicios especiales prevista en este apartado tendrá derecho al cómputo de tiempo a efectos de antigüedad y carrera, en su caso, al percibo de trienios y a la reserva de la plaza de origen. |
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¿Merece la pena? - dirnariel - 02-09-2009, 07:48 PM
RE: ¿Merece la pena? - maria del carmen caceres tena - 02-09-2009, 09:09 PM
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