AYUDA MUY IMPORTANTE
09-05-2010, 10:59 PM
Mensaje: #32
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RE: AYUDA MUY IMPORTANTE
A ver, he estao revisando la ley 55/2003 de 16 de Diciembre que establece el estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud, y Pacomérida, tienes razón, es de ámbito nacional (no autonómico, estaba confundida ), pero he de decir que en su capítulo II, donde consta la clasificación del personal estatutario, señala que: "Al personal estatutario temporal (donde se incluyen los interinos), le será aplicable, en cuanto sea adecuado a la naturaleza de su condición, el régimen general del personal estatutario fijo. Pues bien, en el capítulo XI, que regula las situaciones del personal estatutario, señala: "Artículo 62. Situaciones.
1. El régimen general de situaciones del personal estatutario fijo comprende las siguientes: a) Servicio activo. b) Servicios especiales. c) Servicios bajo otro régimen jurídico. d) Excedencia por servicios en el sector público. e) Excedencia voluntaria. f) Suspensión de funciones". No he encontrado referencia expresa en la ley de que los interinos no puedan ponerse en situación de servicios especiales, así que yo creo que por eso cada comunidad autónoma decide en ese ámbito |
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