Legislación y Ética
01-04-2008, 01:46 PM
Mensaje: #1
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Legislación y Ética
Hola chicas!!!
Yo tengo una preguntilla, vamos a ver si alguien me lo puede aclarar. Según la Ley 44/2002, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, en el capítulo IV art.9 dice:Límites del consentimiento informado y consentimiento por representación. 1. La renuncia del paciente a recibir información está limitada por el interés de la salud del propio paciente, de terceros, de la colectividad y por las exigencias terapéuticas del caso. Cuando el paciente manifieste expresamente su deseo de no ser informado, se respetará su voluntad haciendo constar su renuncia documentalmente, sin perjuicio de la obtención de su consentimiento previo para la intervención. Según esto el paciente da su consentimiento sin recibir la información pertinente o como es? Muchas gracias por adelantado. |
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01-04-2008, 02:34 PM
Mensaje: #2
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RE: Legislación y Ética
eso significa que el puede renunciar a tener la informacion con respecto al pronostico o al diagnostico o a lo referente a su enfermedad,pero para las intervenciones quirurgicas o pruebas con contraste o para lo que se requiera consentimiento lo ha de firmar aunq no quiera obtener informacion
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02-04-2008, 07:32 PM
Mensaje: #3
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RE: Legislación y Ética
estoy de acuerdo con galatea98, entiendo lo mismo. creo que se refiere a, por ejemplo:
PAciente que se le va a realizar cateterismo, y cuando se l van a explicar los riesgos uqe la prueba conlleva y sus complicaciones que pueden surgir el pciente decide que no se le informe, que no quiere saberlo, per que aun asi quiere realizarse la prueba. en este caso entiendo yo que el paciente debera firmar el consentimiento pese a que no ha deseado recibir la informacion perteneciente a la prueba, pero a parte debera firmar otro documento conforme no ha querido ser informado sobre los riesgos de la prueba a realizar. no se si asi queda un poquillo mas claro, con el ejemplo, pero creo que gualmente galatea lo a dejado muy bien explicado!! A ver si te sirve de ayuda!!! Ciao caio!!! No hay más que seguir adelante cuando uno no puede volver hacia atrás, y perseguir lo que se desea hasta conseguirlo, sin dejarse vencer por las derrotas. |
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07-04-2008, 06:59 PM
Mensaje: #4
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RE: Legislación y Ética
Allí van unas dudas que tengo:
1. El DOLO EVENTUAL, quiere decir que aún sabiendo las consecuencias que puede tener una acción que realizes, la haces igualmente??? (página 622, manual CTO 4rta edición) 2. En el código penal se exime de responsabilidad criminal a: · los que obren en cumplimiento de un deber o en el ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo. Lo que está subratllado en verde no lo acabo de entender (también está en la página 622). Bueno por ahora ya está aunque aún no he acabado con el temario. Venga que vaya bien. |
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07-04-2008, 07:10 PM
Mensaje: #5
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RE: Legislación y Ética
ringer eso se refiere alos que llevan pistola (polis,guardias civiles.....)eso es obrar en su oficio o cargo
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08-04-2008, 10:40 AM
Mensaje: #6
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RE: Legislación y Ética
RINGER escribió:1. El DOLO EVENTUAL, quiere decir que aún sabiendo las consecuencias que puede tener una acción que realizes, la haces igualmente??? (página 622, manual CTO 4rta edición) Yo también lo entiendo así. Por ejemplo, uno que quiere robar a alguien; en el acto se puede infligir agresión física con resultado de heridas. El ladrón no quiere ese resultado, pero por el hecho de querer robar es consciente de que se pueden producir heridas. 'на вкус и цвет товарища нет' |
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16-04-2008, 11:08 AM
Mensaje: #7
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RE: Legislación y Ética
haber chic@s ahi va una dudilla sobre la ordenación de las profesiones sanitarias: en la pag 616 de CTO 4ª edición dice:
" cuando, como consecuencia de la relación en virtud de la cual se ejerza una profesión, el profesional hubiere de actuar en un asunto forzosamente, conforme a criterios profesionales diferentes de los suyos, podrá hacerlo constar así por escrito con la salvaguardia en todo caso del secreto profesional y sin menoscabo de la eficacia de su actuación" ¿esto que significa? que cuando un profesional tiene que hacer una actuación por narices a pesar de no estar conforme con los criterios de esa actuación lo puede dejar por escrito sin decir el secreto profesional y sin poner en duda la actuación que ha hecho??? vaya lío... |
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16-04-2008, 09:50 PM
Mensaje: #8
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RE: Legislación y Ética
Yo entiendo lo mismo que tú Nahí, es decir actuaciones delegadas que pueden estar en contra de tus principios o valores, pero que las tienes que hacer, y por lo tanto lo dejas por escrito.La semana que viene tenemos clase en la academia de legislación, si nos explican algo interesante sobre las dudas que se exponen, aunque hasta ahora yo estoy de acuerdo con todas las explicaciones, escribo y os lo cuento, ANIMO A TODAS....
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17-04-2008, 11:14 AM
Mensaje: #9
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RE: Legislación y Ética
Hola chic@s:
Otra preguntita, auxilio ejecutivo al suicidio y eutanasia es lo mismo? |
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18-04-2008, 01:56 PM
Mensaje: #10
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RE: Legislación y Ética
No, auxilio ejecutivo al suicidio es cuando una persona ayuda a morir a otra persona fisicamente sana ejecutando la muerte, y la eutanasia es cuando la persona que quiere morir tiene una enfermedad fisica que le va a llevar a la muerte. No se si me he explicado bien.
[SILVIA] |
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