Tema cerrado 
 
Calificación:
  • 2 votos - 5 Media
  • 1
  • 2
  • 3
  • 4
  • 5
DUDAS TRABAJO
29-03-2011, 11:00 PM
Mensaje: #1
Icon_confused DUDAS TRABAJO
Todas las dudas de esta asignaturas,, las ponemos y las contestamos en este post, haciendo referencia al número donde se encuentra la pregunta para no liarnos.

Por favor, no abrais nuevos post con dudas de esta asignatura.

Sólo hay un fracaso en la vida y es el no intentarlo
Encuentra todos sus mensajes
19-07-2011, 09:04 PM
Mensaje: #2
RE: DUDAS TRABAJO
Bueno empiezo yo dudas...se que la contestaries porque seguramente sea obvio pero yo no le veo setindo...sobre todo a las resp. 5...es del eir de este año...
De las siguientes afi rmaciones NO es un criterio
para considerar una dolencia como enfermedad
profesional:
1) Presente en un alto porcentaje de personas
que trabajan en las mismas condiciones.
2) Baja incidencia entre las personas que no
realizan la misma actividad profesional.
3) Existencia de una clara relación causa-efecto.
4) Relación entre la magnitud de la exposición y
la intensidad del efecto.
5) En las sociedades modernas se conoce con
exactitud los casos de personas con enfermedad
profesional
Encuentra todos sus mensajes
19-07-2011, 09:30 PM
Mensaje: #3
RE: DUDAS TRABAJO
Dale la vuelta a la pregunta: cuales son los criterios para considerar una enfermedad omo profesional?
La definición de las enfermedades profesionales se basa en dos elementos principales: la relación exposición-efecto entre
un determinado medio ambiente de trabajo o actividad y una cierta enfermedad; y el hecho de que la enfermedad tenga
entre la población trabajadora una incidencia superior a la morbilidad media del resto de la población.
Por tanto no es criterio la 5, nos da igual si se conoce con exactitud o se deja de conocer el numero de casos.
Encuentra todos sus mensajes
22-07-2011, 03:44 PM
Mensaje: #4
RE: DUDAS TRABAJO
Hay poco movimient por el foro, pero a ver si hay suerte con mis dudas... Wink

El oxido de etileno, q es??? Pone q en los centros de asistencia sanitaria la exposicion es mayor q en la industria transformadora, a pesar de q se usa más en esta última, ya q se usa al aire libre o en circuitos cerrados y en los centros sanitarios en interiores o ciclos abiertos. Pero no tengo ni idea de q es :_(

Los comites de seguridad y salud deberán ser constituidos en todas las empresas con 500 o más trabajadores??? Es q en la pag 256 cto 5ª ed pone 50, pero es un error no??

Y por último.

El objetivo de la Ley de prevencion de riesgos laborales es promover la seguridad y la salud de los trabajadores excepto policia, proteccion civil, resguardo aduanero, servicios operativos de catastrofe...
Tb deja fuera a los autonomos.

Esto q significa??? Q los polis, autonomos y demas no siguen normas de proteccion de riesgos laborales? Q están frente a riesgos mayores y sin proteccion/control alguno? No creo, no?

Graciasssssssss
Encuentra todos sus mensajes
22-07-2011, 08:07 PM (Este mensaje fue modificado por última vez en: 22-07-2011 08:09 PM por usuaria010.)
Mensaje: #5
RE: DUDAS TRABAJO
(22-07-2011 03:44 PM)COUPE3669 escribió:  Hay poco movimient por el foro, pero a ver si hay suerte con mis dudas... Wink

El oxido de etileno, q es??? Pone q en los centros de asistencia sanitaria la exposicion es mayor q en la industria transformadora, a pesar de q se usa más en esta última, ya q se usa al aire libre o en circuitos cerrados y en los centros sanitarios en interiores o ciclos abiertos. Pero no tengo ni idea de q es :_(

El óxido de etileno es un gas a temperatura y presión normales, soluble en el agua y fácilmente licuable a temperatura ambiente. Se
utiliza como producto de síntesis y como agente de esterilización.

En el año 1928 se empleó como fumigante y durante la segunda
guerra mundial se ensayó como descontaminante biológico del material de guerra.

En 1962 se empleó por primera vez para la esterilización del instrumental médico, habiéndose demostrado que es eficaz frente a todos los microorganismos.

El sector industrial utiliza el óxido de etileno en instalaciones de circuito cerrado situadas generalmente al aire libre, con lo que el riesgo higiénico suele ser muy bajo. La situación es muy diferente en la esterilización médica donde el ciclo es abierto y el trabajo se efectúa en locales cerrados

Personal expuesto
La esterilización con óxido de etileno se utiliza para todo el material que es sensible al calor: plástico, caucho o incluso ciertos metales.

Al analizar estos materiales se ha encontrado que el óxido de etileno es retenido por ellos en grandes cantidades, por lo que la exposición puede no sólo afectar al personal que trabaja en la unidad de esterilización, sino que, si la aireación no es correcta, también alcanza a los propios usuarios (pacientes, personal de quirófanos, etc.)


Efectos sobre la salud
El óxido de etileno es un irritante cutáneo y de las mucosas, y el contacto directo con el producto puede producir quemaduras químicas
y reacciones alérgicas.

Los riesgos del óxido de etileno en el ámbito industrial (peligros de explosión e incendios, quemaduras cutáneas, dermatitis alérgicas), se conocen desde hace tiempo. En su aplicación más reciente como agente esterilizador para instrumental médico, juega un papel muy importante la exposición por inhalación.
Encuentra todos sus mensajes
22-07-2011, 11:26 PM (Este mensaje fue modificado por última vez en: 23-07-2011 12:09 AM por usuaria010.)
Mensaje: #6
RE: DUDAS TRABAJO
(22-07-2011 03:44 PM)COUPE3669 escribió:  Los comites de seguridad y salud deberán ser constituidos en todas las empresas con 500 o más trabajadores??? Es q en la pag 256 cto 5ª ed pone 50, pero es un error no??

He buscado en diferentes sitios:

1. El Comité de Seguridad y Salud es el órgano paritario y colegiado de participación destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones de la empresa en materia de prevención de riesgos.

2. El Comité de Seguridad y Salud debe constituirse, según el art. 38.2 de la Ley de Prevención de Riesgos laborales, en todas las empresas o centros de trabajo que cuenten con 50 ó más Trabajadores.
(22-07-2011 03:44 PM)COUPE3669 escribió:  Y por último.

El objetivo de la Ley de prevencion de riesgos laborales es promover la seguridad y la salud de los trabajadores excepto policia, proteccion civil, resguardo aduanero, servicios operativos de catastrofe...
Tb deja fuera a los autonomos.

Esto q significa??? Q los polis, autonomos y demas no siguen normas de proteccion de riesgos laborales? Q están frente a riesgos mayores y sin proteccion/control alguno? No creo, no?

Graciasssssssss

El objeto de la norma es promover seguridad y salud de los trabajadores mediante aplicación de medidas y actividades a desarrollar. Para ello la ley regula las actuaciones de las Administraciones públicas, empresarios, trabajadores y sus órganos representativos.

La ley de prevención de riesgos laborales se aplica a:

• Trabajadores que trabajen por cuenta ajena, aquellos que trabajen para otros o a los que se les aplique el ET (estatuto de los trabajadores).

• Al personal civil de las administraciones públicas.

• A los trabajadores autónomos.

• A las sociedades cooperativas, con socios cuya actividad consista en las prestaciones.

Sin embargo la ley de prevención de riesgos laborales no se aplica a:

• Policía, seguridad y reguardo aduanero

• Protección civil y peritaje forense en los casos de grave riesgo, catástrofe y calamidad pública.

• Relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar.

No obstante, esta Ley inspirará la normativa específica que se dicte para regular la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores que prestan sus servicios en las indicadas actividades.



Los autonomos estan incluidos y que ademas esta ley no les exime del cumplimiento de otras obligaciones particulares de los autonomos

En los casos excepcionales se excluyen de la ley determinadas actividades profesionales , pero no todas,no se si me explico, es porque son trabajos en los que se exponen a riesgos que no se pueden evitar por mucha prevencion que hagas o porque necesitan una aplicacion especial pero siempre inspirandose en esta ley
Encuentra todos sus mensajes
23-07-2011, 07:41 AM
Mensaje: #7
RE: DUDAS TRABAJO
Uau muchas gracias!!!!!

Respecto en los autonomos en cto pone claramente... deja fuera a los autónomos. Es una errata más?? joooo

La de 50 o 500, sale en varios sitios, en 2 ponía 500 (cuadros/tablas) y en el texto ponía 50, de ahi mi duda.
Encuentra todos sus mensajes
23-07-2011, 08:04 AM
Mensaje: #8
RE: DUDAS TRABAJO
es verdad, es una errata lo de los autonomos, no me atrevo a decirlo al 100 x 100 pero lo busque en la ley yo la interprete asi pero no se.. la ley no puede estar mal. a ver si alguien nos ayuda
lo de 50 trabajadores tb está puesto tal cual en la ley...Nose
Encuentra todos sus mensajes
23-07-2011, 10:24 PM (Este mensaje fue modificado por última vez en: 23-07-2011 10:34 PM por Ana_arr.)
Mensaje: #9
RE: DUDAS TRABAJO
Yo tengo puesto esto aqui en un post-it del año pasado aunque no sé de donde lo saqué si de un test o internet o ?? asi que tampoco me fío mucho
La Ley 31/1995 de Nov deja fuera de su ámbito de aplicación a los trabajadores autónomos, exceptuando aquellos casos en que el trabajador autónomo tiene personas a su cargo, cuando trabaja en coordinación con otros autónomos o cuando es subcontratado por otras empresas

Vale!! lo ha encontrado es la primera pregunta del test de CTO
Encuentra todos sus mensajes
28-08-2011, 10:44 AM
Mensaje: #10
RE: DUDAS TRABAJO
Aquí os dejo la ley,que es muy importante


Archivo(s) adjuntos
.pdf  LEY_DE_PREVENCION_DE_RIESGOS_LABORALES1.pdf (Tamaño: 209,3 KB / Descargas: 48)
Encuentra todos sus mensajes
Tema cerrado 


Salto de foro:


Usuario(s) navegando en este tema:
1 invitado(s)

Volver arribaVolver al contenido