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Penalización por renuncia de contrato
29-03-2010, 10:46 PM
Mensaje: #5
RE: Penalización por renuncia de contrato
En el Gregorio Marañón penalizan con un año por renunciar al contrato a menos que sea por una mejora de contrato.
De todas maneras para el personal estatutario se puede pedir una excedencia por servicios especiales según el artículo 64 de la Ley 55/2003 del Estatuto Marco, por la cual te hacen una reserva de plaza.
No sé si con un contrato temporal se puede uno acoger a lo de la excedencia. Es cuestión de informarse, yo os recomiendo que lo hagáis en el Colegio de Enfermería (en la asesoría laboral) porque en los departamentos de personal no suelen tener mucha idea.
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RE: Penalización por renuncia de contrato - DEBurgos - 29-03-2010 10:46 PM

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