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Versión completa: IMPUGNACIONES EIR 2011
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El código dice no se "debe" y la pregunta dice no se "puede" para mí son cosas diferentes..además eso de "en ningún caso" no suena muy bien que digamos...
(01-02-2012 07:21 PM)usuario010 escribió: [ -> ]
(01-02-2012 06:22 PM)SONIADUE escribió: [ -> ]Puff no tenía ni idea de lo de poder de relación...dudaba entre referente y legítimo... porque el de relación no se nombra dentro de los tipos existentes dentro de la empresa no??

El de referente seria la identificacion con un modelo, (una estrella de rock, deportista...)...... Nadal tiene el poder de referencia o referente.

Dice asociarte con alguien mas poderoso....

Yo creo que pueda ser poder de relacion, por estar bien relacionado (puede ser con el jefe, con el supervisor, con alguien importante).Poder en general...... Tienes poder de relacion porque te llevas bien con la supervisora.

se puede dudar con el de poder legitimo , aunque creo que va mas relacionado con autoridad..... El Director de enfermeria tiene poder legitimo.



perdon por editar mil veces

Yo puse autoridad legitima puesto que si es alguien mas poderoso dentro de la empresa ....... esta legitimado como tal como bien pones tu el caso de el director de enfermeria. Al poner empresa ........ para mi deja entever que esta legitimado.
he leído el enlace del colegio, y dice que no se pueden delegar funciones propias para las que al personal al que se las delegamos no están preparados. yo considero que una auxiliar si está preparado para tomar las constantes vitales...en fin, habrá que ver que dicen
por cierto, estoy buscando información,y parece que la enfermera no puede realizar por sí sola un tacto rectal, sino que debe hacerlo un médico (aunque en la práctica se haga diferente). según lo que he leído, el tacto rectal se considera un método diagnóstico por lo que deben realizarlo ellos. Si finalmente diagnosticaran un fecaloma, si que nosotras podríamos extraerlos...pero no se, no encuentro nada concluyente, ¿qué opinais?
cocinha pero sabes con seguridad que la toma de constantes es una función específica para lo cual los demás no están debidamente capacitados?
yo sinceramente no tengo muy clara esta pregunta, porque a lo mejor una toma de tensión arterial con esfingomanometro no sabe pero ponerle un aparato electrónico sabe cualquiera que le digas dos cosas vamos, y lo mismo con tomar la temperatura (algo que habitualmente hace la auxiliar)...no se, no tengo ni idea cual dirá el ministerio pero yo atendiendo a este párrafo puse que la enfermera es responsable, no se si la tendré bien, esque no son preguntas que queden muy claras parece que solo quieren que nos liemos Angry
“Dentro de un
equipo de profesionales, será posible la delegación de
actuaciones, siempre y cuando estén previamente establecidas
dentro del equipo las condiciones conforme a las cuales dicha
delegación ó distribución de actuaciones pueda producirse”

seguro que si preguntamos a Mª Jesús Zapirain
PRESIDENTA salimos de dudas Laughing
(01-02-2012 10:53 PM)isar escribió: [ -> ]he leído el enlace del colegio, y dice que no se pueden delegar funciones propias para las que al personal al que se las delegamos no están preparados. yo considero que una auxiliar si está preparado para tomar las constantes vitales...en fin, habrá que ver que dicen
por cierto, estoy buscando información,y parece que la enfermera no puede realizar por sí sola un tacto rectal, sino que debe hacerlo un médico (aunque en la práctica se haga diferente). según lo que he leído, el tacto rectal se considera un método diagnóstico por lo que deben realizarlo ellos. Si finalmente diagnosticaran un fecaloma, si que nosotras podríamos extraerlos...pero no se, no encuentro nada concluyente, ¿qué opinais?

Yo también contesté la del tacto rectal...aunque dudo bastante entre esa (porque el tacto rectal lo realiza el médico) y lo de restringir la alimentación y administrar sólo líquidos...que también podría ser correcta no??
yo contesté avisar al médico. la de la alimentación yo creo que no es, porque las enfermeras no podemos legalmente cambiar las dietas de los pacientes sin consultar antes, eso es competencia del médico..esto lo hemos discutido muchas veces en el máster en bioética, y el profesor decía que no podemos modificar dietas sin indicación médica..pero vamos, tampoco tengo bibliografía para eso Sad
(01-02-2012 11:03 PM)isar escribió: [ -> ]yo contesté avisar al médico. la de la alimentación yo creo que no es, porque las enfermeras no podemos legalmente cambiar las dietas de los pacientes sin consultar antes, eso es competencia del médico..esto lo hemos discutido muchas veces en el máster en bioética, y el profesor decía que no podemos modificar dietas sin indicación médica..pero vamos, tampoco tengo bibliografía para eso Sad

Estoy de acuerdo, nosotras no podemos cambiar las dietas ni hacer, en teoría, un tacto rectal. Vamos, yo también contesté eso...
por cierto, otro ejemplo de enfermedad crónica causada por un virus, LA HEPATITIS C, que si recordais es la que con más frecuencia cronifica (80%)
la del tacto rectal no se, puse llamar al médico porque es quien diagnostica y por si tenía un íleo (ya se que nosotras también con la nanda pero me pareció mas tipo de diagnostico médico) pero no tengo muy claro que la tenga bien esa pregunta y la de la eutanasia coincido con bob esponja, la veo impugnable, no está clara. sería eutanasia indirecta lo correcto
(01-02-2012 11:18 PM)isar escribió: [ -> ]por cierto, otro ejemplo de enfermedad crónica causada por un virus, LA HEPATITIS C, que si recordais es la que con más frecuencia cronifica (80%)

Isar creo que los virus no entran dentro de la clasificación de agente microbiano..
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